Hola!! A ti como a mi, te alegró la resolución del Ministerio de Trabajo?
Era necesaria, y aquí finalmente la tenemos, una “política” que rija las relaciones laborales entre el tele empleado y la empresa.
Déjame contarte brevemente de qué se trata, como te impacta como Dueño de Negocio o Gerente de RRHH, y lo que te corresponde hacer.
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De que se trata?: La regulación sobre el Teletrabajo, o empleo remoto como le hemos venido llamando, busca estandarizar, ordenar y controlar el nuevo normal, sobre la base de definir los deberes y derechos de tele trabajadores y empresa. En pocas palabras, delimitar alcances, expectativas y procurar la salud emocional en esta modalidad especial de trabajo.
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Cómo te Impacta como Negocio?: Si la lees con visión corta, puedes pensar que tendrás prácticamente que re contratar, renegociar, redefinir tareas con tus colaboradores, y hasta facilitar equipos de tecnológicos como lo establece. Pero si lo ves como lo estamos mirando nosotros, será un paso acelerado hacia la Gestión de RRHH, que desde que existimos hemos venido sugiriéndote. Esta normativa, te aleja de malestares legales y potenciales demandas laborales, te ayuda a sentar bases metodológicas, estructura, reglamentos internos y sobre todo, claridad, ya que muchos de los deberes que te tocan como empleador, son acciones que favorecen tu gestión de talentos, te llevan al orden que tu negocio necesita para lograr su próximo nivel. Por solo ponerte un ejemplo: La obligatoriedad de contar con descripciones de puestos o definición de funciones y tareas, como parte de los elementos OBLIGATORIOS que deben estar presentes en el contrato laboral de tele trabajo, te facilita:
- Tener una mirada objetiva del para qué, y propósito de cada integrante de tu equipo
- Facilita el establecimiento de KPI’s o indicadores para la Medición de Desempeño
- Te permite sentar las bases de un ejercicio de valoración salarial coherente
Podría decirte un sin número de otras ventajas…. Pero aquí te resumo los puntos más valiosos de la resolución, y te dejo el link por si quieres revisarla completa.
Teletrabajo: Modalidad especial de trabajo que se presta a distancia, ya sea de forma parcial o total, haciendo uso de herramientas vinculadas a la Tecnología de la información y comunicación.
Conciliación de la Vida Familiar y Laboral: Prácticas de participación equilibrada de la persona trabajadora, que le permite compaginar su vida privada y familiar con su vida laboral, para potenciar adecuadamente ambas facetas.
Desconexión Digital: Derecho que le asiste a la persona trabajadora, de no contestar requerimientos y/o mensajes fuera de su jornada habitual de trabajo
Reversibilidad: Es el derecho que asiste a ambas partes, de solicitar el cambio de modalidad de teletrabajo a presencial, en las instalaciones del empleador, en aquellas relaciones que se hubieren iniciado de manera presencial.
El contrato de trabajo Remoto debe contener:
- Descripción de Puesto
- Condiciones
- Periodo de duración
- El lugar o los lugares donde se desarrollará el trabajo: esto ha traído mucha controversia con colaboradores que han salido fuera del país, y el empleador requiere ¨presencia¨ remota en el lugar de sus operaciones.
- Salario Acordado
- El horario y jornadas de descanso: Vital y urgente dejar esto claro.
- A quien se reportará
- Los datos de contacto del supervisor
- Sistema de supervisión para cumplimiento de la jornada
- Listar las herramientas suministradas para la prestación del servicio
- A cargo de quien correrán los costos adicionales en caso de que sea necesario (Eje. Uso de Internet, Aplicaciones, etc)
- Se sugieren políticas para mitigar la fatiga informática y propiciar la interacción con demás compañeros de trabajo, definir si será necesario uno o varios días de trabajo presencial
Los acuerdos de trabajo deben ser comunicados a la DGT ~ Dirección General de Trabajo
¿Que debes hacer ahora en un plazo de 30 días que es cuando entra en vigor esta resolución?
- Definir Decripciones de Puestos, con mirada larga
- Reemplazar los perfiles que no reúnen las competencias y habilidades para ello
- Negociar con claridad las condiciones con cada teletrabajador
- Establecerlas en un contrato de trabajo, notarizarlo y legalizarlo
- Establecer Politicas y Reglamentos Internos que favorezcan la calidad de vida laboral para ti y tus colaboradores
- Definir políticas de Desconexion Digital
- Notificar a la Dirección General de Trabajo (DGT)
- Realizar un OnBoarding en Enero 2021 con todo tu equipo, para hacer publica estas novedades.